“Hablar de educación y desarrollo socio-económico es hablar
de la Ley 23427 y 744”
El especialista en
programas y políticas socioeducativa José Yorg abordó una interesante temática
en orden a plantear innovadoras experiencias que tengan relación y fuerte impacto en proyectos de desarrollo
socio-económico, fijó que “el instrumento más noble y útil es la Ley nacional
23427 y su correspondiente provincial 744”.
Yorg señala importancia de ley cooperativa |
“El texto Legal- señaló Yorg-
que fuera publicado en el Boletín Oficial nacional el 03-12-86 y que luego
fuera aprobada su adhesión en Formosa en el año 1988 es en realidad una Ley
Fondo de educación y capacitación cooperativa
con miras al desarrollo integral e integrador”
Comentó Yorg que “Harry
Anthony Patrinos, gerente del sector educativo del Banco Mundial en su artículo
“Por qué la educación es importante para el desarrollo económico”, consigna, entre
otros conceptos que los economistas ganadores del Premio Nobel fueron los que
impusieron el argumento de la educación como inversión. T. W. Schultz (i)
sostuvo que la inversión en la educación explica el crecimiento y Gary Becker
nos dio la teoría del capital humano”, así que sería bueno tener esa conciencia”.
Educación cooperativa y desarrollo.
“Basta leer-invitó Yorg- el
artículo 1° de la Ley 23427 y 744 para verificar la perfecta armonía entre estos
dos elementos, educación y desarrollo económico con base cooperativa en la
primaria, secundaria y terciaria que cito textualmente”:
“Articulo 1º — Créase el Fondo para Educación y
Promoción Cooperativa cuyas finalidades serán las siguientes: a) Promover
mediante los programas pertinentes la educación cooperativa en todos los
niveles de enseñanza, primaria, secundaria y terciaria) Promover la creación y
desarrollo de cooperativas en todos los ciclos del quehacer económico,
producción primaria y fabril, comercial, de servicios, vivienda, trabajo y consumo)
Asesorar a las personas e instituciones sobre los beneficios que otorga la
forma cooperativa de asociarse, previstas en la Ley Nº 20.337 o aquella que en
el futuro la modifique o sustituya) Promover la creación y funcionamiento de
cooperativas que tengan por objeto elevar el nivel de vida de las comunidades
aborígenes”, cerró el educador.
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