lunes, 17 de abril de 2023

Cápsula educativa, Hoy: “La Educación cooperativa establecida por el art. N° 90 de la Ley 26206 requiere ser perfeccionada”.

 

Profesor:  José Yorg

Institución: TECNICOOP

 

“La única persona que se educa es el que ha aprendido a aprender y cambiar”. Carl Rogers

 

“La propuesta de cápsula de educación e información para el público brinda conocimientos como herramientas conceptuales y procedimentales para elevar la cultura, es un aporte importante del periodismo a sus lectores”. J.Y.

 

 

Prosiguiendo con esta nueva manera de encarar la comunicación y la educación pública libre con  la generación de nuevos recursos digitales educativos, cuyo objetivo es  difundir contenidos temáticos cortos que faciliten el proceso de enseñanza-aprendizaje denominada Cápsulas educativas e informativas, hoy encaramos una temática denominada  “La Educación cooperativa establecida por el art. N° 90 de la Ley 26206 requiere ser perfeccionada”.

Tal vez no sea el tiempo propicio para reclamar públicamente la imperiosa necesidad de una perfección de la educación cooperativa escolar establecida por el art. N° 90 de la Ley 26206, por los tiempos electorales actuales, sin embargo, es imperativo que los legisladores nacionales presten la debida atención a este asunto vital educativo”.

Precisamente es menester que resaltemos el accionar legislativo del Diputado nacional-MC-Dr. Mario Arce quien comprendió a cabalidad tal importancia educativa y procedió durante su gestión parlamentaria a presentar el proyecto de Ley de modificación de la Ley N° 26.206, Ley de educación nacional.

En concreto, el Dr. Arce propuso-entre otros-en el Artículo 17 la Educación Cooperativa Escolar como Modalidad a la educación cooperativa escolar del Sistema Educativo Nacional igual a aquellas opciones organizativas y/o curriculares de la educación común, dentro de uno o más niveles educativos, que procuran dar respuesta a requerimientos específicos de formación y atender particularidades de carácter permanente o temporal, personales y/o contextuales, con el propósito de garantizar la igualdad en el derecho a la educación y cumplir con las exigencias legales, técnicas y pedagógicas de los diferentes niveles educativos.

¿Qué es la educación cooperativa escolar?

En realidad muchos docentes de todos los niveles y modalidades nos preguntan: ¿Qué es la educación cooperativa escolar? Respondemos con lo consignado en el proyecto de Ley propugnado por el Dr. Arce:

ARTÍCULO 61 bis.- La Educación Cooperativa Escolar es la modalidad del sistema educativo de los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria responsable de la formación en los principios y valores del cooperativismo y del mutualismo en los procesos de enseñanza-aprendizaje y la capacitación docente correspondiente. La educación cooperativa se rige por los valores y principios establecidos por la Ley N° 16.583 y la Ley N° 23.427 en concordancia con los objetivos de esta ley.

ARTÍCULO 61 ter.- Son objetivos de la Educación Cooperativa Escolar: a) Garantizar el acceso a los saberes empresariales y valores y principios del cooperativismo, a través de propuestas pedagógicas teóricas y prácticas flexibles que coordinen con las demás disciplinas escolares; b) Asumir modelos de organización cooperativa escolar adecuados a cada contexto, tales Proyecto Estratégico institucional-PEI; Proyectos Pedagógicos, áulicos e interáulicos, a tenor de las autonomías áulicas e institucionales, para su implementación, opcionalmente como: Contenidos Diferenciados, Contenidos Transversales, como Proyecto Pedagógico Productivo, Empresarial, o como Espacio Curricular Autónomo, que garanticen el cumplimiento de las citadas leyes. Son objetivos de la Educación Cooperativa: c) Dar respuestas a las demandas del contexto social diversificado, que determinan trayectorias educativas y laborales diversas y a las necesidades y expectativas de los distintos actores colectivos. d) Despertar y desarrollar en el niño/a, adolescente y joven, el sentimiento solidario, esfuerzo propio y ayuda mutua, amor al prójimo, autovaloración; e) Ofrecer a docentes una herramienta pedagógica y didáctica alternativa e innovadora, que estimule su creatividad y espíritu investigativo para la elaboración de su autoestima profesional e intelectual, y personal. f) Capacitar a todos/as los/as educandos/as en la organización, administración y gestión de empresa cooperativa con un sentido pedagógico y económico, en los aspectos de bienes y servicios, industrialización y comercialización, en procura de autoempleo”.



https://www4.hcdn.gob.ar/dependencias/dsecretaria/Periodo2020/PDF2020/TP2020/4744-D-2020.pdf

 

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