“La misión imprescindible
es proteger judicialmente los derechos
adquiridos, garantías e intereses del pueblo a la educación cooperativa”
“Sin
dudas estamos transitando una cambio de época impulsado por la pandemía que ha
puesto seriamente en dudas la efectiva vigencia del Estado de derecho, el rol
de los jueces y los Derechos adquiridos del pueblo, pese a no ser abogado, el
estudio y la experiencia me impulsan a ilustrarme en estos puntos desde el
pensamiento cooperativo” dijo el educador social José Yorg.
Señaló Yorg que “muchos organismos internacionales, con los que estamos en contacto promueven estos asuntos, como por ejemplo, “Agenda Estado de Derecho”, iniciativa que cuenta con el apoyo del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenuaer, cuyos contenidos provienen de especialistas de todo el continente, enfocados en análisis jurídico promueven un debate especializado”.
“Enmarcado
en esa línea-prosiguió-nos atrevemos a opinar,luego de reflexionar, desde una perspectiva iusfilosófica, la
recepción y puesta en avance de derechos sociales o colectivos en normativas específicas y genuinas de
ciertos Derechos”.
Derechos adquiridos.
El
Estado de derecho define la igualdad ante la ley,entre otros principios
constitucionales, y es allí que en la práctica este tema se lo encuentra trastabillando,
y la responsabilidad de los jueces se incrementa al momento en que la resolución judicial
pretende tener cierto sentido de corrección, es imprescindible basarse en una
fundamentación racional,ética, principios,entra en juego la perspectiva
iusfilosófica o la filosofía jurídica”.
“Con
la sanción de las leyes naciones N° 23427; 16.583; y el articulo N° 90 de la
ley 26206 el pueblo en su conjunto adquirió el derecho a enseñar y aprender
cooperativismo escolar y otras formas de expresión como programas o proyectos a
sectores específicos”.
“Así,
hemos expuesto sintéticamente la interrelación entre el Estado de derecho, el
rol de los jueces y los derechos adquiridos, que a modo de conclusión
pudiéramos resaltar que el cumplimiento de las exigencias que de
ellas se desprenden, la misión imprescindible es proteger judicialmente los derechos adquiridos,
garantías e intereses del pueblo a la educación cooperativa”, cerró Yorg.
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